Máster en Acceso a la Abogacía y la Procura: Universidad de Alcalá (UAH)
El Máster Universitario en Acceso a la Abogacía y la Procura de la Universidad de Alcalá (UAH) es un título habilitante: es el curso de formación especializada que la ley exige para poder ejercer como abogado o procurador en España. Se imparte en la Facultad de Derecho y tiene 90 créditos ECTS, de los cuales 30 son prácticas externas tuteladas. Está inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) con el código 4315357, en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.
Dónde se imparte: Facultad de Derecho de la Universidad de Alcalá
El RUCT recoge un único centro de impartición: la Facultad de Derecho de la Universidad de Alcalá, con código de centro 28027874. La información general de la universidad está en su web oficial, www.uah.es.
Qué se estudia: marco profesional, derecho práctico y 30 créditos de prácticas
Según el registro oficial, el plan reparte los 90 créditos en 42 obligatorios, 12 optativos, 30 de prácticas externas y 6 de trabajo fin de máster.
Las prácticas externas suponen un tercio del máster, algo que exige el marco legal de acceso a estas profesiones, que obliga a que el curso incluya prácticas en despachos, instituciones u otras entidades relacionadas con el ejercicio profesional. El trabajo fin de máster es pequeño, de 6 créditos, coherente con un título cuyo objetivo es capacitar y no investigar. Los 12 créditos optativos dejan un margen de elección modesto.
Perfil de acceso y admisión
Al tratarse de un título vinculado a una profesión regulada, los requisitos forman parte del itinerario legal para obtener el título profesional.
- Titulación previa exigida: el título universitario oficial de Licenciatura o de Grado en Derecho. Lo fija la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura (modificada por la Ley 15/2021, de 23 de octubre).
- Acreditación de competencias jurídicas: el RUCT hace constar que este título «reúne las competencias jurídicas del reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre». Es decir, está reconocido como curso de formación especializada válido a efectos del acceso.
- Superación del curso de formación especializada, con sus prácticas externas tuteladas incluidas. En este título son los 30 créditos ECTS de prácticas que recoge el registro.
- Prueba de evaluación de aptitud profesional: terminar el máster no basta. Para obtener el título profesional hay que superar además la prueba nacional de evaluación final acreditativa de la capacitación profesional, que convoca el Ministerio y es ajena a la universidad.
Las atribuciones profesionales las da la Ley 34/2006 y la legislación que regula el ejercicio de la abogacía y la procura, no el título de máster por sí mismo.
Duración y modalidad
El plan de estudios se publicó en el BOE el 14 de marzo de 2016, con una corrección publicada el 1 de marzo de 2024.
Salidas profesionales
La salida natural de este máster es el ejercicio de la abogacía o de la procura, por cuenta propia o en un despacho, una vez superada la prueba de evaluación final y realizada la incorporación al colegio profesional correspondiente. Un mismo título universitario y un mismo curso de formación habilitan para ambas profesiones, de modo que quien supera la prueba única puede ejercer indistintamente una u otra.
Por qué estudiar el Máster en Acceso a la Abogacía y la Procura en la Universidad de Alcalá
Con 30 de los 90 créditos en prácticas tuteladas, el máster combina la formación jurídica con experiencia directa en despachos y entidades del ámbito profesional.
Preguntas frecuentes
¿Con el máster ya puedo ejercer como abogado?
No por sí solo. Hace falta el título de Licenciatura o Grado en Derecho, superar este curso de formación especializada con sus prácticas y aprobar después la prueba nacional de evaluación de aptitud profesional. Solo entonces se obtiene el título profesional y se puede colegiar.
¿Cuántos créditos de prácticas tiene y son obligatorias?
Tiene 30 créditos ECTS de prácticas externas tuteladas sobre un total de 90, según el RUCT, y son obligatorias: el marco legal de acceso exige que el curso incluya prácticas en despachos o entidades relacionadas con el ejercicio profesional.
¿Sirve igual para la abogacía y para la procura?
Sí. El acceso a ambas profesiones está unificado, con un mismo título universitario previo y un mismo curso de formación, y quien supera la prueba única de evaluación puede ejercer indistintamente la abogacía o la procura.