Máster en Acceso a la Abogacía y la Procura — Universidad Pontificia Comillas (ICADE)
El Máster Universitario en Acceso a la Abogacía y la Procura es el título que habilita en España para ejercer como abogado o abogada y como procurador o procuradora. Lo imparte la Universidad Pontificia Comillas a través de ICADE, una de las facultades de Derecho con más tradición del país, y está sujeto a los requisitos que fija la normativa estatal para este tipo de titulación, no a un plan libre de la universidad.
Dónde se imparte: Facultad de Derecho (ICADE), campus Madrid
Según el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), el centro responsable de este máster es la Facultad de Derecho (ICADE) de la Universidad Pontificia Comillas, con sede en Madrid. ICADE es una de las facultades de referencia en la formación jurídica y empresarial en España, con un cuerpo docente que combina profesorado universitario y profesionales en ejercicio, un rasgo que, como se explica más abajo, es además una exigencia legal para este tipo de título.
Qué se estudia: habilitación jurídica, prácticas tuteladas y especialización
El plan de estudios de este máster no lo diseña la universidad con total libertad, sino que debe ajustarse al Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura. Esa norma obliga a que el plan comprenda 90 créditos ECTS en total, y el RUCT confirma cómo se reparten en el caso de Comillas: 44 créditos obligatorios, 10 optativos, 30 de prácticas externas tuteladas y 6 de Trabajo Fin de Máster.
La primera idea clave es, por tanto, la formación teórica y práctica en las competencias jurídicas que exige la ley para ejercer la abogacía y la procura: redacción de escritos, argumentación jurídica, deontología profesional y conocimiento de los distintos órdenes jurisdiccionales. La segunda es el peso de las prácticas externas tuteladas, que según el propio reglamento se desarrollan en juzgados, fiscalías, despachos de abogados o de procuradores, administraciones públicas u otras entidades, y deben estar dirigidas por un profesional en ejercicio con más de cinco años de experiencia. La tercera es el Trabajo Fin de Máster, con el que se cierra la formación antes de poder presentarse a la evaluación estatal de acceso a la profesión.
Perfil de acceso y admisión
El propio Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, fija en su artículo 3 el requisito de entrada común a todas las universidades que imparten este máster: estar en posesión del título universitario oficial de Grado o Licenciatura en Derecho, y que ese título acredite la adquisición de un conjunto de competencias jurídicas básicas (comprensión del ordenamiento jurídico, de los mecanismos de resolución de conflictos, de la organización y funcionamiento de los tribunales, entre otras) que la norma detalla de forma expresa. No hemos podido confirmar en una fuente oficial de Comillas cuántas plazas concretas se ofertan ni si existe una prueba de admisión propia además de este requisito legal; quien esté interesado debería comprobarlo directamente en la ficha oficial del título o con la Facultad de Derecho (ICADE).
Duración y modalidad
Lo que sí está verificado, de nuevo a través del RUCT, es la carga total del título: 90 créditos ECTS, con el reparto de obligatorios, optativos, prácticas y Trabajo Fin de Máster citado más arriba. No hemos localizado en una fuente oficial de la universidad el dato concreto de en cuántos cursos académicos organiza Comillas esta carga (muchas universidades lo hacen en un único curso, aunque no es la única fórmula posible) ni la modalidad de impartición (presencial, semipresencial u online). Son dos datos que conviene confirmar directamente en la página oficial del máster antes de matricularse.
Salidas profesionales
Completar este máster no da acceso automático al ejercicio profesional. La Ley 34/2006, de 30 de octubre, y su reglamento exigen además superar una prueba de evaluación de la aptitud profesional, de carácter estatal, que acredita de forma objetiva la formación suficiente para ejercer. Una vez superada esa prueba, la persona titulada puede colegiarse como abogado o abogada, o como procurador o procuradora, según la actividad que decida ejercer, ya que la propia norma prohíbe el ejercicio simultáneo de ambas profesiones por la misma persona. Es, en la práctica, el paso obligatorio para litigar ante los tribunales en España tras obtener el Grado en Derecho.
Acreditación de calidad
Según el RUCT, este título cuenta con una resolución favorable de renovación de la acreditación por acreditación institucional del centro, con efectos del 21 de octubre de 2024, después de una renovación anterior de 2016. Puede consultarse el detalle completo del título, incluidas sus fechas de verificación y publicación en el BOE, en la ficha oficial del RUCT, el registro público del Ministerio de Educación para los títulos universitarios oficiales.
Por qué estudiar Acceso a la Abogacía y la Procura en Madrid
Cursar este máster en Madrid tiene una ventaja práctica ligada a su parte más importante: las prácticas externas tuteladas. Madrid concentra instituciones clave para cualquier jurista, como el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y un número muy alto de despachos de abogados y procuradores, además de organismos públicos con actividad jurídica constante. Para un máster cuyo contenido práctico equivale a un tercio de los créditos totales, tener ese entorno cerca facilita el acceso a plazas de prácticas variadas, del litigio al asesoramiento en grandes firmas. A eso se suma la trayectoria de ICADE, con un cuerpo docente en el que, por exigencia legal para este título, al menos la mitad de la carga lectiva recae en profesionales de la abogacía o la procura en ejercicio.
Preguntas frecuentes
¿Qué titulación previa necesito para cursar este máster?
Estar en posesión del título oficial de Grado o Licenciatura en Derecho. Es un requisito fijado por el artículo 3 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, igual para todas las universidades que impartan este máster, no una exigencia particular de Comillas.
¿Por qué es obligatorio este máster para ejercer la abogacía?
Porque la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, y su reglamento (Real Decreto 775/2011, de 3 de junio), establecen que tener el Grado en Derecho ya no basta: hace falta además este curso de formación especializada y superar una prueba de evaluación de la aptitud profesional para poder colegiarse.
¿Qué tengo que hacer después de terminar el máster para poder ejercer?
Superar la prueba de evaluación de la aptitud profesional de carácter estatal. Solo con el máster aprobado y esa prueba superada se puede solicitar la colegiación como abogado o abogada, o como procurador o procuradora, en el colegio profesional correspondiente.